Cartagena Piensa

Ángel Puyol, ‘El derecho a la fraternidad’, Catarata, Madrid, 2017 (Reseña)

Por Francesc Borrell.- ¿Es moralmente lícito tener mas que el vecino? ¿Hasta qué punto se justifica la desigualdad económica? Rawls estableció el principio de la diferencia para contestar estas preguntas: sí, nos dice,  puede ser lícita esta diferencia si redunda en que la mayor ganancia beneficie al mas desfavorecido.

Esta idea lleva a Puyol a elaborar el concepto de fraternidad en clave actual. La fraternidad griega permitió el nacimiento de la polis, la fraternidad de las revoluciones burguesas el nacimiento del ciudadano libre e independiente… Y ahora, ¿podemos reclamar una fraternidad que asegure un mínimo vital para cada persona? Sería la traducción práctica del principio de la diferencia de Rawls.

La fraternidad, insiste Puyol, puede interpretarse en clave de sentimiento, pero sobre todo debe reclamarse como una disposición de los poderes políticos a garantizar una vida digna a todos los ciudadanos (pág. 90). Imposible no pensar en la renta mínima, aunque Puyol no la introduce en su libro. La solidaridad es reactiva a situaciones de penuria, (léase “becas comedor”, añadiría yo),  la fraternidad es proactiva, (volveríamos a la propuesta de una renta mínima). Pero esta fraternidad no es filantropía, no es compasión, sino que se traduce en derechos y en políticas. Tampoco debe confundirse con  confraternización.

Resulta interesante el análisis de la confraternización en oposición a la fraternidad (pág 80-7). Confraterniza el “camarada”, el hermano de logia, en menor medida el compañero de partido… Al confraternizar cedo parte de mi libertad y autorizo a “mi” grupo a tomar medidas represivas o coercitivas si traiciono su voluntad o su propósito. Los fines del grupo están por encima de consideraciones particulares. Debemos abogar por una fraternidad pero no una confraternización que anule la libertad de cada uno.

La digresión mas filosófica del libro desmenuza las consecuencias políticas de una visión proactiva de la fraternidad (págs. 94-122). Esta visión actual de la fraternidad nos conduce a políticas de igualdad de oportunidades, que pueden ser de 3 tipos (siguiendo a Gerry Cohen): no discriminar en el acceso a los bienes, eliminar los factores que inducen a desigualdades en la competición social, o la que identifica aquellas características de salud o de nacimiento como obstáculos que también conducen a desigualdades. Tener la capacidad de iniciar un proyecto empresarial sería el primer tipo, eliminar discriminaciones por género o raza sería el segundo tipo, y compensar o proporcionar ayudas específicas a personas con determinada discapacidad sería propia del tercer enfoque.

El enfoque socialista, para Puyol, sería este tercer tipo: “la igualdad socialista de oportunidades tiene como objetivo corregir todas las desventajas no elegidas , incluidas las innatas. La única desigualdad justa es la que refleja la diferencia de gusto o elección” (pág. 97)

Si en el orden liberal la justicia legitima el triunfo en la competición social, en el orden socialista el ciudadano no debiera ser indiferente a la “mala suerte” de su vecino, cuando esta mala suerte le conduce a situaciones penosas. “La fraternidad como derecho consiste en asegurar que todos los ciudadanos disponen de los medios para ejercer la libertad y la igualdad” (pág. 105). Las facilidades que se dan a un niño celíaco para no solo obtener todos los medicamentos necesarios, sino también para adaptar las comidas escolares a sus necesidades, irían en esta línea.

¿Y qué ocurre cuando falla la fraternidad, cuando los ciudadanos con mas medios se apartan del resto? Cuando una sociedad abre la brecha entre clases sociales se produce dos tipos de efectos negativos (aquí Puyol sigue a Sandel): el primero de tipo fiscal es que los ricos están poco dispuestos a costear los servicios públicos que no usan con sus impuestos. Además al no usarlos estos servicios pueden degradar la calidad  sin que exista un contrapeso ciudadano (o una protesta) suficiente. El segundo efecto es que hay algo así como un “vaciado de la esfera pública”, en la que niños de diferentes orígenes sociales dejan de tratarse, como también los adultos, cada clase social encerrada en sus propios espacios.

Una sociedad con fraternidad política sería aquella en la que “no se abandona a los individuos a su propia suerte, pero tampoco se niega la responsabilidad individual. El objetivo de la fraternidad política no es que todos acaben con los mismos recursos, sino que nadie quede excluido de los bienes  básicos que se necesitan para llevar una vida digna” (pág. 111).

En esta concepción el ciudadano no puede desentenderse de la mala suerte de los demás porque de alguna manera sus acciones son interdependientes y las responsabilidades “de todos”. Pero, ¿cuándo podemos afirmar que la injusticia ha sido reparada? Esta pregunta no queda del todo aclarada, pero se ofrece un ejemplo: imaginemos una familia con dos hijos. Uno de los hijos tiene una discapacidad y se les trasladarse a la ciudad para una mejor atención médica. Este traslado supone para el otro hijo una clara desventaja, pues pierde a sus amigos y actividades propias de este contexto. ¿Cómo justificar esta decisión?

Podemos apelar a la utilidad global para la familia, pero también a que es prioritario atender al que está peor, en este caso al hijo discapacitado. Para Frankfurt hay que atender al discapacitado no porque esta peor, sino porque esta suficientemente mal como para no llegar a un mínimo de bienestar. La suficiencia sería el criterio fundamental de la justicia, no la igualdad, que en términos morales seria irrelevante. Obsérvese que este ejemplo lo hemos analizado desde la perspectiva utilitarista, prioritarista y de necesidades básicas. Este último enfoque sería el propiamente rawlsiano, basado en la fraternidad. Y en cierta manera este último enfoque cancela la pregunta de cuando queda reparada la injusticia: queda reparada cuando proporcionamos un mínimo vital para todos.

El libro deja muchos interrogantes abiertos. ¿Puede justificarse la desigualdad no solo por el principio de diferencia, sino por un principio de esfuerzo? ¿Tiene derecho el mas esforzado a tener un diferencial de bienestar a su favor? ¿Hay limite a la fraternidad? Una propuesta tipo “renta mínima”, ¿puede desincentivar el esfuerzo colectivo y empobrecer a la sociedad? Recordemos  el “punto Bentham” que discute Rawls en su obra (ver Boletín Iatros noviembre 2013), donde cada ciudadano pondera los beneficios y perjuicios de esforzarse mas… No dudamos de que nuestro autor abordará estos importantes vericuetos en futuras aportaciones.

Francesc Borrell

Fuente: http://www.fundacionletamendi.com/

 

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